El reclamo de una ayuda del fisco a las pymes que venían planteando entidades empresariales como la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) tuvo cierto eco en el Gobierno. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) decidió lanzar un plan de pagos de 18 cuotas aunque para algunos analistas puede resultar insuficiente. En 2024 la gestión de Javier Milei había dispuesto una moratoria, pero al cabo de un año las empresas están con una crisis similar.

Al respecto, el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, indicó que "en un contexto en que muchas MiPyMEs acumulan deudas fiscales como consecuencia de las dificultades económicas de los últimos años, era necesario contar con un plan de pagos accesible para ordenar la situación tributaria y evitar juicios de ejecución fiscal, y embargos, entre otras cuestiones".

"Sin embargo, el pago a cuenta, la escasa cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiación igual a la tasa de intereses resarcitorios pueden generar que determinados contribuyentes no puedan adherirse", advirtió Domínguez. Las claves del plan son la siguientes:

¿Quiénes pueden adherirse al plan de ARCA?

El régimen está destinado a tres categorías de sujetos:
  • Micro, Pequeñas y Medianas Empresas —Tramos 1 y 2— que cuenten con Certificado MiPyME vigente a la fecha del acogimiento, obtenido conforme a la Resolución 220/2019 de la ex Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, y que tengan la caracterización correspondiente en el Sistema Registral de ARCA.
  • Pequeños contribuyentes: personas humanas y sucesiones indivisas caracterizadas en el Sistema Registral con el código "547 - Pequeño Contribuyente" conforme a la Resolución General 5321, a la fecha del acogimiento.
  • Entidades sin fines de lucro registradas ante ARCA bajo alguna de las formas jurídicas previstas en la norma: asociaciones, fundaciones, cooperativas, mutuales, consorcios de propietarios, cooperadoras, iglesias y otras entidades civiles, entre otras.

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